Los autónomos obligados a cerrar podrán solicitar la prestación extraordinaria por cese de actividad

Los autónomos que se vean obligados a cerrar por orden adminitrativa -de cualquier administración- por motivos sanitarios tienen derecho a solicitar la prestación extraordinaria por cese de actividad. Este tipo de prestación estipula requisistos más flexibles que los necesarios para la prestación de carácter ordinario como la no exigencia del período mínimo de cotización.

Para recibir la prestación sólo es necesario estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos -mínimo un mes antes de que se suspenda la actividad- y estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social -de no ser así puede realizar el pago de la deuda en un plazo de 30 días naturales-.

Este tipo de prestación para autónomos es del 50% de la base mínima que le corresponda, y se exonera parte de la cotización de octubre -a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud-. Mientras permanezca la actividad suspendida y se mantenga el alta en el régimen especial los trabajadores autónomos quedan exonerados de la obligación de cotizar. La duración de la prestación extraordinaria por cese de actividad no se extenderá más allá del 31 de enero de 2021.

La cantidad de la prestación incrementará en un 20% si el trabajador autónomo tiene reconocida la condición de miembro de una familia numerosa y los únicos ingresos de la unidad familiar o análoga durante ese periodo proceden de su actividad suspendida. Sin embargo, si conviven en un mismo domicilio personas unidas por vínculo familiar o unidad análoga de convivencia hasta el primer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, y dos o más miembros tengan derecho a esta prestación extraordinaria de cese de actividad, la cuantía de cada una de las prestaciones será del 40%.

Las nuevas restricciones que se pusieron en marcha para la contención de la pandemia en Cataluña -que entraron en vigor la madrugada de hoy cuando se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC)- estipulan entre las muchas medidas el c
ierre de bares y restaurantes, un golpé más para la hostelería.

El presidente de ATA, Lorenzo Amor informó que durante la mañana del día de hoy recibieron «más de 300 consultas de hosteleros en Cataluña» interesado en la necesaria prestación extraordinaria por cese de la actividad.
Source: ABC

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