El Supremo anula una subvención de 30 millones concedida a dedo por el Gobierno a CEOE, UGT y Cepyme en 2022

El desconcierto se ha instalado en el seno de los órganos de dirección de CEOE , Cepyme y UGT tras conocer la sentencia del Tribunal Supremo que ha anulado una subvención directa concedida por parte del Gobierno a las tres organizaciones en diciembre de 2022 por valor de 30,6 millones de euros al considerar que el Gobierno no llevó a cabo la adjudicación por los cauces oportunos al no realizar una convocatoria pública . El fallo, más allá, resulta especialmente contundente al considerar la alta importancia de esta adjudicación por parte del Gobierno al tratarse de dinero procedente de los fondos europeos Next Generation para formación para el empleo y al hacerse eco de un informe del interventor del Ministerio de Educación y Formación Profesional que desaconsejaba la entrega de estas ayudas. Concretamente, el fallo del Supremo estima el recurso planteado por la Confederación Nacional de Pymes (Conpymes) y anula el Real Decreto 1027/2022, de 20 de diciembre, que reguló la concesión directa de subvenciones «al no haberse acreditado circunstancias que impidiesen el procedimiento ordinario de convocatoria pública previsto en la Ley General de Subvenciones». Por lo que la justicia entiende que la invocación que hace el Real Decreto a la crisis del Covid y a la guerra de Ucrania para obviar la convocatoria pública de las subvenciones «no tiene justificación en un momento en el que ya se da un desenvolvimiento ordinario de las actividades ciudadanas». Respecto a ese incumplimiento de los trámites establecidos en la Ley General de Subvencione s , el Alto Tribunal señala que «no hay constancia» de la acreditación de las circunstancias que impidan la consulta pública previa y el trámite de información pública a que se refiere el artículo 47 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 3 de diciembre, por el que se apruebas medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. «Así, como bien destaca la parte recurrente, no cabe sostener que el importe de las subvenciones no tenga impacto significativo en la actividad económica, más de 30 millones de euros a repartir entre dos patronales y una organización sindical», apunta la sentencia. El Supremo recuerda además el informe emitido por la Intervención Delegada sobre las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que señaló que no quedaban suficientemente acreditadas las razones de interés público, social, económico o humanitario, que dificultasen la convocatoria pública, y que no resultaba coherente recurrir a la urgencia cuando ya en el ejercicio 2020 se acudió a este supuesto excepcional para la concesión directa de subvenciones de naturaleza, finalidad y beneficiarios similares. De hecho, la intervención apuntó en su informe que «no se entiende que se puedan conceder nuevas subvenciones cuando no consta la realización de las actividades subvencionadas con la misma finalidad y beneficiarios, que tenían anticipado el pago del 50% y como fecha límite para gastos subvencionables el 30 de junio de 2022 y para su justificación el 30 de septiembre de 2022». Para el Supremo, a tenor del dicho informe, «no puede reputarse ejemplar la ejecución del Real Decreto 1104/2020 respecto del que se pretende una continuidad». Además, la sentencia ve también evidente que, aunque pueda ser notorio que ambas organizaciones empresariales y la organización sindical beneficiarias de la subvención son representativas, «también lo es que no son los únicos interlocutores (sociales)», por lo que la atribución de « posición única carece de justificación ». Dinero finalista y «justificado» Con todo, las fuentes del diálogo social consultadas por ABC aclaran la naturaleza de la subvención. Señalan que el dinero percibido por las asociaciones no va a parar a las cuentas de las organizaciones sino que tiene carácter finalista y corresponde a un plan de formación para trabajadores y desempleados en aptitudes digitales, dentro del despliegue de fondos europeos destinados a esta materia. Explican las fuentes del diálogo social que se trata de un crédito que se va consumiendo a medida que se van aplicando los programas formativos, con un valor aproximado de 240 euros por formación. Por ejemplo, según ha podido saber, ABC al menos 20.000 alumnos se han beneficiado de estos cursos articulados a través de las organizaciones empresariales y sindicales. De hecho, la propuesta inicial de conceder estas subvenciones habría nacido del propio Ministerio de Educación bajo el mandato de Isabel Celaá en la primera adjudicación de 2021 -la segunda se realiza ya bajo la dirección de la ministra y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, como una vía para canalizar estos fondos de forma ágil y eficaz para su objetivo al realizarse a través de las organizaciones representativas de los agentes del mercado laboral. Por otro lado, desde Conpymes trasladan a ABC la bienvenida a la sentencia del Supremo al considerar que supone un impulso a su demanda de mayor participación en las negociaciones del diálogo social , ya que uno de los aspectos que enmienda la decisión de la Justicia es la decisión del Gobierno de atribuir las ayudas al considerar que son los únicos interlocutores sociales, algo que rechaza la sentencia. De hecho, señalan que esperan que prospere el recurso puesto ante el Ministerio de Trabajo para que reglamente los requisitos de representatividad que den cabida a las organizaciones que los cumplan en la mesa de diálogo de los agentes sociales con el Gobierno.
Source: abc economia

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *