El método para conservar la pensión de viudedad aunque nos casemos de nuevo

Aquellas personas que han tenido algún tipo de vínculo matrimonial, de pareja de hecho, separados, divorciados y personas cuyo matrimonio fue declarado nulo, que hayan sufrido la pérdida de su cónyuge, pueden optar a la ayuda económica concedida por la Seguridad Social conocida como pensión de viudedad . No obstante, si esa persona se vuelve a casar o vuelve a realizar la inscripción como pareja de hecho en el registro, puede perder el derecho a recibir este tipo de prestación . Sin embargo, existen excepciones por las que se pueden seguir recibiendo. Este tipo de prestación de la Seguridad Social tiene como objetivo cubrir la pérdida de patrimonio que se produce al fallecer uno de los cónyuges. Por tanto, cuando la persona que obtiene este tipo de ayudas se vuelve a emparejar, la Administración entiende que la situación económica del individuo cambia y que ya no precisa seguir cobrando dicha prestación. Noticia Relacionada estandar No Cambios en el sistema de cotización tras la reforma de las pensiones: así se calculará la cantidad Virginia López Esplá El Gobierno ha aprobado un paquete de medidas en el que se amplia el periodo de cómputo y aplicará la solución más ventajosa para el trabajador Aunque estas circunstancias se encuentran recogidas en el portal de la Seguridad Social, existen excepciones que permiten que una persona conserve su prestación por viudedad aunque se vuelva a casar o se inscriba, nuevamente, como pareja de hecho. Requisitos para seguir cobrando la pensión de viudedad Para poder seguir beneficiándose de esta ayuda, el portal de la Seguridad Social revela que existen ciertos requisitos que deberemos cumplir para poder seguir recibiéndola: Requisitos para seguir cobrando la pensión de viudedad: Ser mayor de 61 años o menor y tener reconocida también una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez o acreditar una discapacidad en grado superior al 65%. La pensión de viudedad debe constituir la principal o única fuente de ingresos del pensionista. Se entiende que constituye la principal fuente de ingresos, cuando el importe de la misma represente, como mínimo, el 75% del total de ingresos de aquél, en cómputo anual. Tener el matrimonio o pareja de hecho unos ingresos anuales, de cualquier naturaleza e incluida la pensión de viudedad, que no superen dos veces el importe, en cómputo anual, del Salario mínimo interprofesional vigente en cada momento. Un SMI que, en 2022, fue de 1.000 euros al mes, por tanto, no debe superar los 24.000 euros al año. Cabe destacar que, si no se cumple con este último requisito pero se cumplen los dos primeros, se puede seguir percibiendo la pensión de viudedad, aunque con una reducción en su cuantía para no superar el límite establecido. Por otro lado, la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) establece, en su artículo 163, que no será posible percibir dos pensiones de viudedad a la vez . Por tanto, la persona implicada deberá decidir entre cobrar la antigua pensión o la nueva. Prestaciones compatibles con la pensión de viudedad Asimismo, la pensión de viudedad es compatible con otras prestaciones: Prestaciones compatibles: La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho. La pensión de viudedad, cuando el causante no se encontrase en alta o en situación asimilada al alta en la fecha del fallecimiento, será incompatible con el reconocimiento de otra pensión de viudedad en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, salvo que las cotizaciones acreditadas en cada uno de los regímenes se superpongan, al menos, durante 15 años. Las pensiones de viudedad son compatibles con las pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI). Sin embargo, cuando concurran la pensión de viudedad y la del SOVI, su suma no podrá ser superior al doble del importe de la pensión mínima de viudedad para beneficiarios con 65 o más años establecida en cada momento. De superarse dicho límite, se minorará la cuantía del SOVI en el importe necesario para no exceder del límite indicado. Por último, según revela Europa Press, la pensión de viudedad en España ronda los 850 euros y son más de 2.354 millones de personas las que se benefician de esta ayuda. Además el País Vasco es la comunidad donde se perciben las más altas, con una media de unos 1.031 euros. Por otro lado, Andalucía es la que registra un mayor número de pensiones de viudedad, con un total de 392.931, seguida de Cataluña, con 391.416, y la Comunidad de Madrid, con 272.790.
Source: abc economia

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