Irlanda multa a Meta con 390 millones por infracciones de Facebook e Instagram

El regulador de privacidad de datos de Irlanda ha multado a Meta con 390 millones de euros este miércoles por infracciones en sus servicios de procesamiento de datos en dos de sus redes sociales, Facebook e Instagram . La institución, asimismo, ha asegurado que ambos deben reevaluar la base legal sobre cómo publican publicidad basada en datos personales en la Unión Europea. El caso se remonta a mayo de 2018, cuando se recibieron sendas denuncias contra las dos plataformas de Meta y coincidiendo también con la entrada en vigor de la nueva normativa de protección de datos. «Las consultas se referían a dos quejas sobre los servicios de Facebook e Instagram, cada una de las cuales planteaba los mismos problemas básicos. Un sujeto de datos austriaco presentó una queja (en relación con Facebook); la otra la hizo un sujeto de datos belga (en relación con Instagram)», ha explicado el regulador irlandés. Antes de la entrada en vigor del nuevo reglamento de protección de datos, Meta Ireland había modificado sus términos de servicio en las dos redes sociales. Así las cosas, la empresa condicionaba a sus usuarios a tener que aceptar las nuevas condiciones si querían seguir teniendo acceso a los servicios; por tanto, se indicaba a los usuarios que debían clicar en ‘Acepto’ para indicar su conformidad con las nuevas reglas de Meta. En este sentido, la compañía «consideró que, al aceptar los Términos de Servicio actualizados, se suscribió un contrato entre Meta Ireland y el usuario. También consideró que el tratamiento de los datos de los usuarios en relación con la prestación de sus servicios de Facebook e Instagram era necesario para la ejecución de dicho contrato, incluida la prestación de servicios personalizados y publicidad conductual, por lo que tales operaciones de tratamiento eran lícitas». Los denunciantes, en este caso, sostuvieron que Meta estaba obligando a los usuarios a aceptar sus nuevos términos «para el procesamiento de sus datos personales para publicidad conductual y otros servicios personalizados», lo cual a su juicio violaba la normativa. El regulador irlandés, en un principio, sostuvo que no se daba claridad a los usuarios para qué operaciones de procesamiento de datos estaban prestando su información, ni para qué propósito. También constató que el ‘modus operandi’ de Meta va contra «el principio de que los datos personales de los usuarios deben ser tratados de manera lícita, leal y transparente». Más adelante se dio traslado de las investigaciones y hallazgos a otras instancias europeas y, tras ello, se ha acordado la imposición de esta multa de 390 millones de euros. «Las decisiones del DPC incluyen hallazgos de que Meta Ireland no tiene derecho a basarse en la base legal del ‘contrato’ en relación con la entrega de publicidad conductual como parte de sus servicios de Facebook e Instagram, y que su procesamiento de los datos de los usuarios hasta la fecha, con la supuesta confianza en la base legal del ‘contrato’, equivale a una infracción del artículo 6 del RGPD», dice la organización irlandesa.
Source: abc economia

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *