El juez mantiene la imputación de Galán y rechaza que fuese espiado por Villarejo

El juez de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Joaquín Gadea, ha rechazado archivar el caso para el presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, en un auto en el que descarta, además, que fuese víctima de un espionaje por parte del comisario José Manuel Villarejo.

La resolución, dictada el pasado viernes y a la que tuvo acceso ABC, rechaza un recurso de reforma planteado por Galán el pasado mes de julio, cuando tras ser imputado y sin haber comparecido aún a declarar -está citado el próximo enero-, pidió el sobreseimiento. Planteaba además, que pudo ser víctima de seguimientos del comisario y reclamaba «la tutela de sus derechos» en este sentido.

Y lo hacía refiriendo una anotación manuscrita de las agendas intervenidas a Villarejo fechada el 9 de abril de 2007 y con el siguiente tenor: «Ignacio Galán: Estaba comiendo con 2 sujetos. Uno con bigote y pelo canoso. Hablaron de problemas en Puerto Marítimo en Islas (puede ser Fuenteventura, Lanzarote…)», decía la anotación manuscrita de Villarejo, fechada el 9 de abril de 2007.

«Entiende la representación procesal de José Ignacio Sánchez Galán que los datos plasmados en esta anotación evidencian que este fue objeto de pesquisas, indagaciones o vigilancias, refiriendo el escrito que incluso en el conocimiento del contenido de conversaciones mantenidas en el transcurso de un almuerzo», resume el juez Gadea.

Conforme recuerda, ya en otras resoluciones del caso Villarejo ha venido diciendo el instructor que las agendas tienen valor «como indicio para citar a una persona como investigada, es decir, para ser valorada como indicio ‘de cargo»» pero «no puede servir por sí sola» como fundamento «si no se corrobora por ningún otro dato».

«Así las cosas, la anotación transcrita no pasa de ser una referencia efectuada por un investigado en un documento privado para su manejo personal y que, en el presente caso, viene referida a una tercera persona, sin que, de su mera lectura, ni de las manifestaciones de la representación procesal del Sr. Sánchez Galán, se aprecien elementos indiciarios suficientes que permitan el ejercicio de acciones contra su autor», concluye el juez Gadea, que descarta así sus pretensiones.

En cuanto al sobreseimiento, el instructor de refuerzo llama la atención sobre el hecho de que «a pesar de ofrecerle al citado la oportunidad de acudir al llamamiento judicial para poder ser oído» ha pedido el archivo de las actuaciones, «sin tan siquiera haber declarado sobre su presunta participado en la comisión de los hechos delictivos» como corresponde al ejercicio del derecho de defensa.

Después de la declaración, se verá
Según concluye, el auto por el que fue imputado el pasado 23 de junio «condensa» en los términos que exigen la ley y la jurisprudencia «l
os elementos indiciarios
de los que se deduce el sustento fáctico de la participación delictiva que ha determinado de la citación» y «no pierde su eficacia con las alegaciones expuestas por la defensa» de Galán.

Entiende así que ese auto «resulta suficiente para mantener la citación» que se ha señalado el próximo 18 de enerol, «sin que proceda por ahora acceder a archivo pretendido». «Todo ello -añade el juez- sin perjuicio de poder valorar de nuevo la situación procesal Jose Ignacio Sánchez Galán una vez haya podido explicarse, si lo desea, con plenas garantías sobre los presuntos hechos delictivos que han motivado su imputación».

El juez ha rechazado otros dos recursos de reforma aunque ya no de Galán, sino de la representación de Iberdrola en los que la compañía pretendía declarar nulas las actuaciones y volver a citar a determinados investigados. Recuerda que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal ya ha desestimado la nulidad planteada «en idénticos términos» por la eléctrica y dice a la compañía que no ve de utilidad volver a llamar a esos imputados.
Source: ABC

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