La Justicia balear autoriza el alquiler turístico en los pisos de Palma y el Ayuntamiento dice que lo seguirá prohibiendo

La prohibición del alquiler turístico en los pisos de Palma es ilegal. El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha dictado una sentencia en la que autoriza esta actividad y dice que la prohibición vulnera directivas europeas, la propia legislación estatal y es desproporcionada e innecesaria.

La Asociación de Apartamentos y Viviendas de Alquiler de Temporada (Habtur) presentó un recurso contra la prohibición aprobada por el consistorio y el Tribunal le da ahora la razón. La sentencia dice que la prohibición absoluta del alquiler vacacional en pisos «no aparece como ponderada con las finalidades alegadas por el Ayuntamiento».

Sin embargo, según el Ayuntamiento, todo seguirá igual en la capital balear. Según ha adelantado el alcalde, el socialista José Hila, y ha confirmado después la concejala de Modelo de Ciudad, Neus Truyol, el consistorio recurrirá la sentencia al Tribunal Supremo y, si se mantiene el criterio judicial, seguirá prohibiendo el alquiler vacacional en los plurifamiliares «porque entraría en vigor la normativa del Consell de Mallorca».

«Al recurrir la sentencia, la zonificación continuará en vigor, y en el caso de que el recurso no tenga éxito ya está previsto que se aplique la normativa turística del Consell de Mallorca, que dice que si decae una zonificación o no se llega a hacer solo se permitirá en ese municipio el alquiler en unifamiliares y pareados, es decir lo que tenemos en Palma», ha explicado Hila. «La sentencia no afectará a la ciudad porque la recurriremos ya que entendemos que tiene un carácter eminentemente neoliberal y desregularizador», ha añadido Truyol.

Por su parte, la gerente de Habtur, Maria Gisbert, ha valorado positivamente la sentencia aunque ha recordado que todavía no se puede aplicar «porque no está agotada la vía judicial». «El Ayuntamiento tiene un mes para recurrir en casación, aunque lo que debería hacer es sentarse con Habtur para hablar de una regulación justa», ha añadido. En declaraciones a IB3 TV, ha destacado que la prohibición no ha tenido efectos positivos en los precios del alquiler en Palma y ha negado que el alquiler turístico sea «un problema real» porque solo supone un 1,9% del parque total de la ciudad.

Pese a la sentencia en contra de los intereses del Ayuntamiento, el TSJIB reconoce que el consistorio tiene competencias para tomar esta medida: «La Corporación Municipal se ha ajustado a las reglas competenciales y procedimentales recogidas en una norma legal posterior a las leyes citadas como vulneradas, que se coordina con las mismas, constituyendo además una regulación especial y específica de la gestión del control administrativo». Asimismo, la sentencia descarta que se hayan producido errores en la tramitación de la norma.

Por otro lado, el TSJIB sí que está de acuerdo en imponer limitaciones a la comercialización turística de viviendas en zonas saturadas, como Playa de Palma, donde solo se permite el alquiler por un periodo máximo de 60 días al año. «Resulta incontrovertido que estas limitaciones son proporcionadas y razonables a la especial ordenación urbanística de estos sectores, unido a motivos medioambientales y de salud pública», concluye la sentencia.
Source: ABC

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