Calendario declaración de la Renta 2020-2021: ¿hasta cuándo se puede hacer?

Los más rezagados tendrán que darse prisa. La campaña de la declaración de la Renta 2020-2021, que comenzó el pasado 7 de abril, entra en su recta final. Así, se podrá presentar el borrador de la renta y realizar cualquier gestión relacionada con el mismo hasta el próximo 30 de junio, día en el que finaliza la campaña de este año.

Cabe destacar que, dependiendo de la vía escogida para presentar la declaración de la Renta, las fechas serán distintas pues, a pesar de que la Agencia Tributaria abrió el plazo para presentar el borrador el miércoles 7 de abril, no se pudo realizar por vía telefónica hasta el jueves 6 de mayo y no se podrá hacer de forma presencial hasta el próximo miércoles, 2 de junio.

Fechas clave de la declaración de la renta 2020-2021
Los días clave a la hora de hacer la declaración de la Renta este año son los siguientes:

– 7 de abril. Comienza la campaña de la Renta 2020-2021 a través del portal web de la Agencia Tributaria. También es posible realizarla a través de la aplicación de este organismo.

– 4 de mayo. Desde el 4 de mayo es posible pedir cita previa para ser atendido de forma telefónica.

– 6 de mayo. Empieza el plazo para presentar la declaración de la Renta por teléfono.

– 27 de mayo. Desde el jueves 27 de mayo es posible solicitar cita para realizar la declaración de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

– 2 de junio. El próximo 2 de junio, aquellos que deseen realizar la declaración de la Renta de forma preencial con la ayuda de un técnico podrán hacerlo.

– 5 de junio. Finaliza el plazo de las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.

– 30 de junio. Termina la campaña de la Renta 2020-2021.

Novedades a la hora de realizar el borrador
Este 2020 ha sido un año difícil para todos. La pandemia de coronavirus ha ocasionado una gran crisis sanitaria, pero también económica, que ha afectado a un gran número de personas en nuestro país.

En este documento de la Agencia Tributaria puedes consultar todas las novedades que hay a la hora de realizar la declaración de la Renta 2020-2021. Sin embargo, te resumimos los dos puntos más importantes:

Declarar un ERTE en la declaración de la renta de este año:

La situación epidemiológica ha hecho que un gran número de negocios tuviera que cerrar, al menos temporalmente, debido a la pandemia de coronavirus y a las medidas impuestas por el Gobierno central para paliar sus efectos. Muchos de los trabajadores que estuvieron afectados por la situación, se vieron envueltos en un Expediente de Regulación Temporal del Empleo (ERTE). ¿Qué tendrán que hacer estas personas cuando tengan que entregar el borrador de la declaración del IRPF?

Las personas afectadas por un ERTE que cobren menos de 22.000 euros anuales estarán exentos de declarar el IRPF. Si se tiene más de un pagador, tampoco se declarará si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores no supera los 1.500 euros.

Prestación extraordinaria de autónomos por cese de actividad

Los autónomos que hayan percibido la prestación extraordinaria de autónomos por cese de actividad no tendrán que incluirla como un ingreso más en el trimestre en el modelo 130 pago fraccionado del IRPF al no ser considerada un rendimiento de una actividad económica.
Source: ABC

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