El Gobierno elimina las restricciones impuestas a los anuncios de las casas de apuestas durante el estado de alarma

El Gobierno ha derogado las restricciones impuestas durante el estado de alarma a la publicidad del juego online. Tal y como publica el BOE este miércoles, la normativa que regirá en la «nueva normalidad» acaba con la prohibición de los anuncios de casas de apuestas. Entre las disposiciones del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio figura la derogación del artículo 37 del Real Decreto-ley 11/2020 de 31 de marzo, por el que se adoptaron medidas urgentes para hacer frente al coronavirus

Esta derogación se hace «por coherencia con la mayor flexibilización en materia de juego establecida durante las fases II y III del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad», según indica el propio texto. Las medidas de restricción a las comunicaciones comerciales de las entidades que realicen una actividad de juego regulada en la Ley del juego afectaban a «cualquier forma de actividad publicitaria difundida por cualquier medio o soporte, destinada a promocionar» éstas «de manera directa o indirecta».

Según el citado artículo 31, durante el tiempo de vigencia de la declaración del estado de alarma quedaron prohibidos los anuncios que hicieran referencia a la situación de excepcionalidad que deriva de la enfermedad por coronavirus o interpelen al consumo de actividades de juego en este contexto.

Durante la vigencia del estado de alarma tampoco era posible realizar actividades de promoción dirigidas a la captación de nuevos clientes o de fidelización de clientes existentes que recojan bonos de bienvenida o de descuento. Tampoco se podrían emitir campañas de este sector excepto en la franja horaria comprendida entre la 1 y las 5 de la madrugada, unas medidas que el ministro de Consumo, Alberto Garzón, tenía previsto aprobar el próximo julio.

Antes de la temporada de fútbol
Hace unos meses, el Ministerio de Consumo hizo público el real decreto que regulará la publicidad del juego con más de 100 medidas encaminadas a limitar, pero no a prohibir los anuncios del sector. En la disposición transitoria segunda se recogía que el real decreto entraría en vigor el 1 de julio de 2020 y que se daría un plazo de tres meses a los operadores para adaptar los contratos en vigor.

Desde el Ministerio de Consumo indicaron entonces que el objetivo era que la norma esté lista para ser aprobada durante el próximo verano para que se pudiera aplicar antes de que comience la nueva temporada de fútbol
Source: ABC

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