La banca se juega hoy hasta 44.000 millones en otra batalla judicial

Un nuevo frente judicial amenaza a la banca española. El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emite hoy su opinión sobre la transparencia o abusividad del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). Sus conclusiones no son vinculantes, pero sí podrán influir en la sentencia definitiva del Tribunal europeo, que se espera para finales de este año o principios de 2020.

Si la resolución final es favorable a los hipotecados, las entidades financieras que operan en España tendrían que devolver entre 7.000 y 44.000 millones de euros, según los cálculos del banco de inversión norteamericano Goldman Sachs. La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) cree que el impacto económico por las demandas del IRPH ascendería a unos 25.000 millones de euros, con un millón de afectados.

Patricia Suárez, presidenta de Asufin, se muestra prudente: «Sabemos que las conclusiones del abogado heneral no son vinculantes y que solo en un 65% de los casos coinciden con la sentencia, a pesar de ello esperamos un informe favorable».

Caixabank sería el banco más expuesto, con una cartera referenciada al IRPH de 6.700 millones de euros. Le seguiría Santander, con 4.300 millones, y BBVA, que ha reconocido que suma 3.100 millones en hipotecas ligadas a este índice. La cuarta entidad más vulnerable sería Bankia, con una cartera de 1.600 millones en préstamos referenciados al IRPH. Sabadell, por su parte, indicó que, a cierre de junio, el saldo vivo de los préstamos hipotecarios indexados al IRPH era de 831 millones de euros. De este modo, los cinco grandes bancos que cotizan en el Ibex se juegan 16.500 millones.

A ello que habría que añadir la exposición de entidades con menor volumen de negocio. Kutxabank, por ejemplo, informó ayer de que tiene hipotecas indexadas al IRPH por un importe de 727 millones de euros, superior a los 209 millones de euros de Liberbank. Unicaja, por su parte, informó durante la presentación de los resultados semestrales de que el importe correspondiente a préstamos hipotecarios referenciados al IRPH era inferior a 200 millones de euros. Bankinter no comercializó ninguna hipoteca referenciada a este índice.

Hipotecas más caras
Calculado como el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por los bancos y cajas de ahorros, el IRPH se implantó en 1994 a través de una orden ministerial. En ese momento, el Gobierno argumentó su creación en la necesidad de una nueva referencia oficial calculada por el Banco de España bajo estrictas normas de transparencia y que tomaba como ejemplo modelos de tipos considerados como estables en Europa que protegían al cliente frente a las oscilaciones en los mercados financieros.

Este índice pasó a ser uno de los más utilizados durante los años 2007 y 2008, cuando el Euribor registraba una escalada que parecía imparable –en julio de 2008 alcanzó su máximo histórico al situarse en el 5,393%–. En ese escenario, la menor volatilidad del IRPH hizo que muchos clientes lo vieran como una opción más estable y segura.

Las discrepancias en relación con el uso del IRPH como índice principal en determinados préstamos se desencadenaron principalmente durante los años 2013-2016, en la medida en que durante ese periodo el Euribor empezó a aproximarse a valores cercanos a cero, hasta que en febrero de 2016 entró por primera vez en tasas negativas, espoleado por la política monetaria expansiva del Banco Central Europeo.

El Euribor acumula tres años y medio en tasas negativas, mientras que el IRPH se situó en julio en el 1,84%

Mientras el Euribor estaba en caída libre, el IRPH se estabilizó en valores cercanos al 2%. Con ello, las familias que tenían su hipoteca referenciada a este último índice pagaban cuotas más altas que aquellas que la tenían vinculada al Euribor.

En concreto, según la estimación de Asufin, los hipotecados en IRPH pagaron de media 165 euros más al mes desde 2004 hasta este año, con respecto a los que estaban referenciados al Euribor, lo que supone un total de 24.987 euros de sobrepago, en términos generales.

Hoy, el IRPH está en el 1,84% (valor correspondiente a julio, último valor mensual disponible), mientras que el Euribor se desplomó en agosto al -0,356%, un nuevo mínimo histórico, una tasa a la que se debe aplicar un diferencial que ahora mismo oscila entre el 1% y el 1,5%.

Así, durante 2015 y 2016 fueron frecuentes las reclamaciones ante el Banco de España que solicitaban la declaración de nulidad del IRPH total de entidades por considerarlo abusivo.

Batalla judicial
A finales de 2017, el Tribunal Supremo dictaminó que la referenciación de una hipoteca a este índice no suponía falta de transparencia ni abusividad, dando así la razón a un recurso interpuesto por Kutxabank contra una resolución anterior de la Audiencia Provincial de Álava que declaraba la nulidad de la cláusula IRPH.

Este fue solo el inicio de una larga batalla judicial, que continuó en febrero de 2018, cuando el Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona elevó la cuestión al TJUE planteando una cuestión prejudicial.

Fuentes del sector bancario esgrimen que los bancos no intervinieron en la configuración del índice y que la comercialización de los contratos siempre ha sido transparente, facilitando toda la información posible a los clientes. Además, señalan que este conflicto no puede ser comparado con el de las cláusulas suelo, puesto que el IRPH no es una cláusula del contrato. En este sentido, fuentes financieras inciden en que «no puede ser objeto de un control de transparencia ni de abusividad al haber sido fijado conforme a disposiciones legales».

El fallo definitivo sobre la validez del índice hipotecario IRPH se conocerá a finales de 2019 o principios de 2020

Los consumidores, por su parte, alegan falta de información suficiente sobre su funcionamiento y falta de comprensibilidad real, así como falta de información acerca del régimen jurídico y económico del posible cambio de un índice de referencia y sus consecuencias.

Lo que tiene que dirimir la justicia europea no es la legalidad del índice, que está determinado normativamente y elaborado por el Banco de España, sino el procedimiento, es decir, si las entidades bancarias comercializaron el producto de forma clara y fueron transparentes con los clientes.

En un momento complicado para la banca española, que entre julio y agosto ha perdido 19.932 millones de euros de cotización bursátil, la sentencia definitiva sobre el IRPH supondrá un alivio o un nuevo revés para su tocado negocio.

Valerio Merino
¿Qué pueden conseguir los consumidores afectados por el IRPH?
Si el Tribunal de Justicia de la UE fallase a favor de los clientes, cada hipotecado podría recuperar una media de 25.000 euros, según estimaciones de Asufin. Eso en el caso de que el tribunal europeo decidiera que las entidades tienen que devolver solo la diferencia con el Euribor. La cantidad que recibirían las familias sería superior si la sentencia definitiva determinase que los bancos han de devolver todos los intereses.
Source: ABC

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *