Responde Ferran Font, director del Gabinete Estudios de Pisos.com
Depositar la fianza en su organismo correspondiente es obligatorio en todos los contratos de alquiler. La normativa depende de cada comunidad autónoma y no depositarla podría acarrear al propietario sanciones que van del 26% al 50% de la fianza en Madrid o del 35% al 75% en Cataluña. Por otro lado, no declarar esta fianza puede repercutir negativamente en tu inquilino. Si bien a día de hoy no puede deducirse el alquiler por vivienda habitual (solo para contratos firmados antes del 1 de enero de 2015 y cumpliendo ciertas condiciones en función de la región), es posible que en un futuro lo necesite y no declarar la fianza entregada lo imposibilitaría.
Source: ABC