Cuando un consumidor hace una compra en una tienda física u «online», el banco del comercio paga una tasa de intercambio por esa operación a la entidad propietario de la tarjeta del usuario. Ahora bien, el banco suele trasladar esa comisión al vendedor, y este la puede repercutir a su vez en el precio de sus productos. Hasta finales de 2015, cuando la Comisión Europea fijó límites para todos los países, estas tarifas variaban notablemente de un Estado miembro a otro.
Competencia inició en 2013 una investigación en torno Mastercard, segundo mayor operador de medios de pago de Europa, y presentó cargos contra la compañía en 2015 al concluir que la compañía obligaba a los bancos de los comercios a aplicar a los vendedores las tasas de intercambio del país en donde el minorista estaba establecido. «Al impedir a los comerciantes que se beneficien de mejores condiciones en bancos establecidos en otros Estados miembros, las reglas que impone Mastercard elevaron artificialmente los costes de los pagos», ha criticado este martes la comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, al anunciar la sanción.
Ante el expediente en marcha, Mastercard se comprometió a depurar esta práctica, que el operador habría llevado a cabo entre 2013 y 2015, lo que le ha servido para que la Comisión Europea haya aplicado una reducción del 10% en la multa final. La empresa especializada en tarjetas y otros medios de pago asegura que esta sanción no requerirá ninguna modificación de sus prácticas comerciales actuales.
Source: ABC