Gobierno autoriza libre tránsito de alimentos

El Ejecutivo Nacional, a través de la Gaceta Oficial N° 41.526, prohíbe la emisión de medidas que impidan el acopio, transporte, distribución, comercialización o movilización de alimentos en el territorio nacional.

Gobierno autoriza  libre tránsito de alimentos

La restricción se publicó en la resolución conjunta del Comando para el Abastecimiento Soberano, despacho del Jefe del Órgano Superior, y los Ministerios de Industrias y Producción Nacional, para la Agricultura Productiva y Tierras, para la Alimentación, para la Pesca y Acuicultura, y de Comercio Nacional.

En el documento, de fecha 16 de noviembre, se indica que la decisión incluye los alimentos de producción primaria o procesada, incluso sus subproductos, además de cualquier especie de ganadería, pesca o acuicultura, en pie o beneficiada.

Las autoridades nacionales, regionales y municipales tampoco podrán restringir la movilización de los elementos para la producción primaria o comercialización de rubros agrícolas, pesqueros y acuícolas, entre ellos semillas, insumos biológicos y agroquímicos, fertilizantes, maquinaria agrícola y artes de pesca, señaló Últimas Noticias.

Sanciones. La violación de la medida será considerada como una transgresión a la seguridad y soberanía agroalimentaria nacional.

Quien incumpla estará sujeto a la aplicación de la sanción de prisión de 12 a 15 años, por el delito de boicot, y de 3 a 6 años, correspondiente al delito de condicionamiento, según lo dispuesto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justo

Fuente: Soldemargarita
YS

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Source: Informe21

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