Otro mazazo millonario a la banca

Enésimo varapalo judicial a la banca española por la comercialización de hipotecas. Después de declarar abusivas las cláusulas suelo y de vencimiento anticipado y de obligar a los bancos a asumir parte de los gastos de constitución del préstamo, el Tribunal Supremo, en un fallo en el que revisa una sentencia propia, dice que es la entidad quien debe abonar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) por la escritura de la hipoteca ante el notario, y no el cliente, como sucedía hasta ahora. Esto hará que desde este momento los bancos asuman su pago en los nuevos préstamos que concedan, y abre la puerta a una oleada de reclamaciones por parte de quienes están pagando ya un crédito para la compra de su vivienda. La banca defiende que en ese caso sería Hacienda quien debería responder.

La factura para el sistema financiero puede ser enorme, incluso mayor que la de las cláusula suelo, por cuya anulación el sector ha devuelto hasta ahora a sus clientes 2.226 millones de euros. Prueba de ello es que las acciones de los ocho bancos españoles cotizados se hundieron ayer en Bolsa y perdieron 5.876 millones de capitalización. Liberbank, la entidad que más sufrió, se dejó un 6,74%, por delante del Sabadell (-6,7%), Bankinter (-6,27%), Unicaja (-5,34%), Bankia (-5,11%), Caixabank (-4,54%), BBVA (-2,7%) y el Santander, que cayó un 2,05%.

El impuesto de Actos Jurídicos Documentados es un tributo cedido al 100% a las comunidades autónomas, que grava documentos notariales y que se compone de una parte fija por pliego y folio y una cuota variable que supone el pago de un porcentaje sobre la escritura. Este porcentaje varía entre unas autonomías y otras del 0,5% al 1,5% (ver gráfico). Según el portal especializado Helpmycash.com, para un préstamo medio de 150.000 euros, el cliente unos 1.700 euros por el impuesto al 1%.
La media se sitúa entre 2.000 y 3.000 euros
. El coste para la banca, según algunas estimaciones, rozaría los 20.000 millones, pues según la asociación de usuarios bancarios Adicae hay unos ocho millones de hipotecados que han pagado el tributo.

«Las entidades de crédito no han percibido cantidad alguna de sus clientes por este concepto», defendieron ayer los bancos, cajas y cooperativas de crédito en un comunicado conjunto de sus tres patronales (AEB, CECA y Unacc) en el que avanzan que cumplirán con el nuevo criterio fijado por el Supremo y desde ahora abonarán ese impuesto al firmar hipotecas.

La Agencia Tributaria, clave
Sin embargo, el sector rechaza devolver el dinero ya pagado por los clientes. Al respecto, justifican que son cuantías que los bancos no se han embolsado, sino la Agencia Tributaria, y a ella derivan las posibles reclamaciones y devoluciones. Desde el Ministerio de Hacienda admiten que ya están estudiando el detalle del fallo y sus posibles consecuencias: esto es, si deben abrir un proceso de reclamación y devolución, aunque admiten complejidad al tratarse de un impuesto cedido a las autonomías. Como fuere, y en el hipotético caso de haber devolución, lo lógico es que ese dinero, si sale de las arcas públicas, lo repongan antes o después las entidades. Esto, según el departamento fiscal de Baker McKenzie, podría llevar a los bancos incluso a inicar procedimientos de responsabilidad patrimonial de los poderes públicos, esto es, contra el Estado.

«La sentencia se refiere a una cuestión de naturaleza tributaria», alegan desde fuentes del sector, recalcando además que este caso no se refiere a cuantías cobradas indebidamente, como en el caso de las cláusulas suelo abusivas, sino a un cambio en la interpretación de la ley del impuesto de AJD.

La sala primera del Supremo, en línea con el artículo 68 del reglamento del impuesto, sentenció el pasado febrero que el cliente era el sujeto pasivo del tributo y, por tanto, quien debe abonarlo. Ahora, ante un recurso de casación de la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas-Vaciamadrid, ayuntamiento madrileño gobernado por Somos Rivas, marca local de Podemos, la sala de lo contencioso del Alto Tribunal reinterpreta ese artículo y concluye que el interesado en que se registre la hipoteca como garantía real es el banco, no el cliente, y es la entidad la que debe abonar el tributo. La sentencia cuenta con un voto particular contrario a esa tesis.

Retroacividad y reclamaciones
El fallo del Supremo deja una gran incógnita en el aire y es quién y desde cuándo puede reclamar, si es que cabe esa posibilidad. La banca alega que, conforme a la ley de la Jurisdiscción Contencioso Administrativa y a numerosas sentencia del propio Supremo, la anulación de una disposición de una ley no genera efectos retroactivos, sino que la norma declarada ilegal deja de aplicarse desde el fallo judicial.

«Si a pesar de la no retroactividad que fija la ley algún cliente quisiera reclamar, debe hacerlo ante la Agencia Tributaria», añaden en el sector. Sin embargo, fuentes jurídicas consultadas por ABC consideran que es posible reclamar los impuestos abonados al menos en los últimos cuatro años, plazo de prescripción del pago de tributos. Es más, desde algunos despachos de abogados especializados en reclamaciones de este tipo como Voyadefenderte y Legálitas consideran que no hay ni siquiera plazo de prescripción.

En ese caso, aquellas personas que no hayan reclamado ya por la vía judicial y que hayan pagado el impuesto en los últimos cuatro ejercicios podrían reclamar una devolución de ingresos indebidos ante la Agencia Tributaria. Solo aquellos consumidores que ya hayan recurrido a la Justicia deberían seguir por esa vía, según los asesores fiscales.

¿Aclaración del Supremo?
La incertidumbre abierta en torno a la posible reclamación deja una única certeza: casi con toda seguridad, ante las dudas que esto va a generar en los juzgados de primera instancia, el Supremo tendrá que pronunciarse en un futuro sobre la retroactividad de su sentencia y despejar cualquier duda.

Las asociaciones de usuarios celebraban ayer el fallo del Alto Tribunal como «una gran victoria de los derechos de los consumidores», según Adicae. Sin embargo, fuentes bancarias alertan de que todas estas sentencias favorables al cliente pueden acabar siendo perniciosas. Las patronales recordaron ayer que las reglas del mercado hipotecario español han permitido el acceso a la vivienda a un amplio espectro de la población y, como siempre defiende el sector, a un coste más bajo que en el resto de Europa. «Reclamamos a los poderes públicos mayor seguridad jurídica y unas reglas claras y predecibles», piden la AEB, CECA y Unacc, Y es que la banca avisa de que este nuevo palo en la rueda al mercado hipotecario puede acabar encareciendo y endureciendo el acceso el crédito.
Source: ABC

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