La CNMC multa con 1,45 millones a nueve colegios de abogados por los honorarios en pleitos contra Bankia

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha tomado la decisión de sancionar con 1,45 millones de euros a nueve colegios de abogados territoriales que publicaron una recomendación colectiva sobre precios de los honorarios para pleitos por la salida a Bolsa de Bankia, según ha informado este organismo. Por su parte, el Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) recurrirá ante la Audiencia Nacional la sanción impuesta (620.000 euros).

El expediente sancionador se abrió por una denuncia del banco con motivo de las costas de los pleitos masivos que presentaron los accionistas reclamando la inversión realizada en la salida a Bolsa de la entidad en 2011. Durante la investigación se puso de manifiesto que nueve colegios de abogados habían elaborado, publicado y difundido baremos de honorarios, cuando estos deben fijarse libremente.

Como ha recordado la CNMC, no existe sistema arancelario en los servicios prestados por abogados, lo que supone que sus honorarios no se fijan por ley o norma en atención a distintos conceptos y cuantías. Además, actualmente los honorarios de abogados tampoco están sometidos al sistema de tarifas mínimas.

En este sentido, en su nota, el organismo ha apuntado que el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia prohíbe «todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o en parte del mercado nacional y, en particular, los que consistan en la fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio».

Asimismo, la Ley Ómnibus de 2009 prohíbe expresamente a los colegios de abogados establecer recomendaciones sobre honorarios «ni cualquier otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales».

Colegios sancionados
Por ello, la CNMC ha sancionado al Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona con 620.000 euros, al Ilustre Colegio de Abogados de Valencia con 315.000 euros, al Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla con 145.000 euros, al Ilustre Colegio de Abogados de Vizcaya con 125.000 euros, al Ilustre Colegio de Abogados de La Rioja con 90.000 euros, al Ilustre Colegio de Abogados de La Coruña con 65.000 euros, al Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife con 65.000 euros, al Ilustre Colegio de Abogados de Albacete con 20.000 euros y al Ilustre Colegio de Abogados de Ávila con 10.0000 euros.

La autoridad de competencia ha recordado que contra esta resolución no cabe recurso alguno en la vía administrativa, aunque sí es posible interponer un recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
Source: ABC

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