La CNMC abre expediente contra el sector de la estiba por el acuerdo que puso fin a la huelga de julio

El conlicto de la estiba podría reavivarse tan solo tres meses después de su resolución. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto este lunes un expediente sancionado contra patronal y sindicatos por «posibles prácticas restrictivas de la competencia en el sector». Competencia hace referencia, curiosamente, al acuerdo que resolvió la disputa.

El procedimiento se dirige contra la Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias de Buques (ANESCO), la Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM), la Unión General de Trabajadores (UGT), Comisiones Obreras (CC.OO.), la Confederación Intersindical Galega (CIG), Langile Abertzaleen Batzordeak (LAB) y Eusko Langileen Alkartasuna (ELA) y hace referencia a supuestas prácticas anticompetitivas puestas en marcha en ese acuerdo.

Una de ellas es, según el regulador que preside Marín Quemada, la «restricción de la libertad de contratación de trabajadores para la prestación del servicio» de la estiba reflejada en el convenio. Además, la CNMC también denuncia «la limitación de la libertad de las empresas prestadoras de dicho servicio de participar o no en sociedades cuyo objeto social sea la puesta a disposición de los citados trabajadores».

Precisamente estas dos condiciones representaron las principales discrepancias entre patronal y sindicatos cuando estuvo abierto el conflicto. Finalmente, la presión de los trabajadores provocó que la patronal accediera a incluirlas en el convenio, aunque ya entonces PIPE (Plataforma de Inversores de Puertos Españoles) advirtió que denunciaría estos acuerdos.

Para Competencia, el pacto debería haber atendido al real decreto que aprobó el Gobierno en mayo. Esta norma se aplicó para cumplir con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que según la CNMC «constataba el incumplimiento por parte del Reino de España de las obligaciones recogidas en el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)».

La incoación de este expediente, llevada a cabo después de encontrar «indicios racionales de la existencia de conductas» contrarias a la competencia, da lugar a un periodo máximo de dieciocho meses para la instrucción y resolución por parte del organismo. El resultado podría dejar sin efecto el acuerdo por el que se puso fin al conflicto del sector.
Source: ABC

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